El presidente Daniel Noboa convoca a referéndum para reducir el número de asambleístas, ¿cómo quedaría la Asamblea?

El presidente de la República, Daniel Noboa, avanza en su plan de reducir el número de integrantes de la Asamblea Nacional. Con el visto bueno de la Corte Constitucional, el primer mandatario firmó el 4 de octubre el Decreto 173 con el cual convoca a los ecuatorianos a pronunciarse sobre su propuesta de disminuir el número de asambleístas. El decreto también dispone a Consejo Nacional Electoral (CNE) incluir la pregunta sobre este tema en el próximo Referéndum y Consulta Popular 2025 del 16 de noviembre, que es la siguiente:  ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional? (Sí) (No) En las consideraciones de su decreto, Noboa expone que la propuesta busca "enmendar los numerales 1 y 2 del artículo 118 de la Constitución para que la Asamblea Nacional del Ecuador esté conformada por 10 asambleístas elegidos por circunscripción nacional, y un asambleísta elegido por cada provincia, y uno más por cada cuatrocientos mil habitantes, de acuerdo con el último censo nacional de la población. Los asambleístas de las regiones, distritos metropolitanos y circunscripción del exterior que se seguirán eligiendo de conformidad con lo previsto en el artículo 150 de la Ley Orgánica Electoral". Noboa expresa que la propuesta "mantiene la representación de todas las provincias y elimina todos los demás escaños fijos. De esta forma, todas las provincias del Ecuador estarán representadas, a la vez que la configuración de la Asamblea Nacional se adaptará a los cambios poblacionales del Ecuador en el tiempo". Conformación del nuevo Legislativo Actualmente, en aplicación del censo nacional de 2022, la Asamblea Nacional se encuentra conformada por 151 asambleístas, elegidos de esta manera: 15 por circunscripción nacional  130 por circunscripciones provinciales 6 por distritos electorales del exterior La propuesta del presidente Noboa es bajar a 73 asambleístas, con este criterio: 10 por circunscripción nacional 57 por circunscripciones provinciales 6 por distritos electorales del exterior Por provincias, este cambio implicaría que: Guayas pasará de tener 24 asambleístas a tener 11 Quito DM pasará de 15 a 7 Manabí pasará de 10 a 4 Los Ríos y Azuay pasarán de 6 a 3 El Oro, Esmeraldas y Tungurahua pasarán de 5 a 2 Santo Domingo de los Tsáchilas, Loja, Chimborazo, Cotopaxi, Imbabura, Pichincha y pasarán de 4 a 2 Santa Elena pasará de 4 a 1 Cañar, Bolívar, Sucumbíos, Morona Santiago, Orellana y Carchi pasarán de 3 a 1 Napo, Pastaza, Zamora Chinchipe y Galápagos pasarán de 2 a 1 De esta forma, la pregunta se añade a las otras ya aceptadas previamente por la Corte a iniciativa de Noboa, entre ellas la instauración de una Asamblea Constituyente para elaborar una nueva Constitución que reemplace la carta magna vigente, impulsada por el expresidente Rafael Correa (2007-2017). También pasaron la valla del tribunal constitucional las iniciativas para eliminar la prohibición de que se establezcan bases militares extranjeras en el país y para eliminar la financiación pública a partidos políticos y a las campañas electorales. ¿Cuáles son las preguntas del Referéndum? Con el último decreto de Noboa, los ecuatorianos deberán pronunciarse por tres enmiendas constitucionales el domingo 16 de noviembre de 2025. Tema: Bases militares ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución, de conformidad con el anexo de la pregunta? ​Sí ( ) No ( ) Tema: Fondos para organizaciones políticas ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta? Sí ( ) No ( ) Tema: Reducción del número de asambleístas ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional?Sí ( ) No ( ) La pregunta de la Consulta Popular La última pregunta que aparecerá en la papeleta electoral del 16 de noviembre tiene que ver con la autorización o no para redactar una nueva Constitución de la República.  Tema: Asamblea Constituyente “¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la c

Oct 7, 2025 - 10:30
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El presidente Daniel Noboa convoca a referéndum para reducir el número de asambleístas, ¿cómo quedaría la Asamblea?

El presidente de la República, Daniel Noboa, avanza en su plan de reducir el número de integrantes de la Asamblea Nacional. Con el visto bueno de la Corte Constitucional, el primer mandatario firmó el 4 de octubre el Decreto 173 con el cual convoca a los ecuatorianos a pronunciarse sobre su propuesta de disminuir el número de asambleístas.

El decreto también dispone a Consejo Nacional Electoral (CNE) incluir la pregunta sobre este tema en el próximo Referéndum y Consulta Popular 2025 del 16 de noviembre, que es la siguiente: 

¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional? (Sí) (No)

En las consideraciones de su decreto, Noboa expone que la propuesta busca "enmendar los numerales 1 y 2 del artículo 118 de la Constitución para que la Asamblea Nacional del Ecuador esté conformada por 10 asambleístas elegidos por circunscripción nacional, y un asambleísta elegido por cada provincia, y uno más por cada cuatrocientos mil habitantes, de acuerdo con el último censo nacional de la población. Los asambleístas de las regiones, distritos metropolitanos y circunscripción del exterior que se seguirán eligiendo de conformidad con lo previsto en el artículo 150 de la Ley Orgánica Electoral".

Noboa expresa que la propuesta "mantiene la representación de todas las provincias y elimina todos los demás escaños fijos. De esta forma, todas las provincias del Ecuador estarán representadas, a la vez que la configuración de la Asamblea Nacional se adaptará a los cambios poblacionales del Ecuador en el tiempo".

Conformación del nuevo Legislativo

Actualmente, en aplicación del censo nacional de 2022, la Asamblea Nacional se encuentra conformada por 151 asambleístas, elegidos de esta manera:

  • 15 por circunscripción nacional 
  • 130 por circunscripciones provinciales
  • 6 por distritos electorales del exterior

La propuesta del presidente Noboa es bajar a 73 asambleístas, con este criterio:

  • 10 por circunscripción nacional
  • 57 por circunscripciones provinciales
  • 6 por distritos electorales del exterior

Por provincias, este cambio implicaría que:

  • Guayas pasará de tener 24 asambleístas a tener 11
  • Quito DM pasará de 15 a 7
  • Manabí pasará de 10 a 4
  • Los Ríos y Azuay pasarán de 6 a 3
  • El Oro, Esmeraldas y Tungurahua pasarán de 5 a 2
  • Santo Domingo de los Tsáchilas, Loja, Chimborazo, Cotopaxi, Imbabura, Pichincha y pasarán de 4 a 2
  • Santa Elena pasará de 4 a 1
  • Cañar, Bolívar, Sucumbíos, Morona Santiago, Orellana y Carchi pasarán de 3 a 1
  • Napo, Pastaza, Zamora Chinchipe y Galápagos pasarán de 2 a 1

De esta forma, la pregunta se añade a las otras ya aceptadas previamente por la Corte a iniciativa de Noboa, entre ellas la instauración de una Asamblea Constituyente para elaborar una nueva Constitución que reemplace la carta magna vigente, impulsada por el expresidente Rafael Correa (2007-2017).

También pasaron la valla del tribunal constitucional las iniciativas para eliminar la prohibición de que se establezcan bases militares extranjeras en el país y para eliminar la financiación pública a partidos políticos y a las campañas electorales.

¿Cuáles son las preguntas del Referéndum?

Con el último decreto de Noboa, los ecuatorianos deberán pronunciarse por tres enmiendas constitucionales el domingo 16 de noviembre de 2025.

Tema: Bases militares

  • ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución, de conformidad con el anexo de la pregunta? ​
    Sí ( ) No ( )

Tema: Fondos para organizaciones políticas

  • ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta? 
    Sí ( ) No ( )

Tema: Reducción del número de asambleístas

  • ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional?
    Sí ( ) No ( )

La pregunta de la Consulta Popular

La última pregunta que aparecerá en la papeleta electoral del 16 de noviembre tiene que ver con la autorización o no para redactar una nueva Constitución de la República. 

Tema: Asamblea Constituyente

  • “¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?” Sí ( ) No ( )

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