Montos de operaciones ilícitas congelados en la banca pasarían a una cuenta del Estado, según proyecto de ley
Los montos que se encuentren congelados por el sistema financiero o por orden judicial, relacionados con posibles operaciones de lavado de activos, financiamiento del terrorismo o fraude, deberán ser transferidos a una cuenta única administrado por el Estado, plantea el proyecto de Ley para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, presentado este 29 de julio a la Asamblea Nacional. Esto deberá ocurrir en un plazo máximo de 30 días, luego de que entre en vigencia la ley y aplicará para los fondos congelados antes de la vigencia de la norma. La propuesta legal, presentada este martes como proyecto económico urgente, también incluye reformas a la Ley de Prevención, Detección y Combate al Lavado de Activos. Una de ellas se refiere a una medida cautelar excepcional para la inmovilización inmediata de fondos en el sistema financiero nacional y el sistema financiero popular y solidario, por parte de la la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), cuando tenga indicios de una operación sospechosa o vinculada a posibles delitos financieros. La medida será proporcional al riesgo detectado, es decir, se limitará al monto equivalente de la transacción sospechosa o inusual. El congelamiento de fondos deberá ser ejecutado por las entidades financieras en un plazo de 72 horas y tendrá una vigencia de ocho días calendario. En ese lapso, la Unidad Especializada para el Juzgamiento de Delitos de Corrupción y Crimen Organizado deberá pronunciarse sobre su ratificación, modificación o revocatoria. Los montos que sean congelados por las entidades del sistema financiero, relacionados con posibles operaciones de lavado de activos, financiamiento del terrorismo o fraude, deberán ser transferidos a una cuenta única administrada por el Estado en un plazo máximo de cinco días. Esa transferencia "tendrá carácter temporal, bajo condición de custodia y reserva", recalca el proyecto legal.

Los montos que se encuentren congelados por el sistema financiero o por orden judicial, relacionados con posibles operaciones de lavado de activos, financiamiento del terrorismo o fraude, deberán ser transferidos a una cuenta única administrado por el Estado, plantea el proyecto de Ley para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, presentado este 29 de julio a la Asamblea Nacional.
Esto deberá ocurrir en un plazo máximo de 30 días, luego de que entre en vigencia la ley y aplicará para los fondos congelados antes de la vigencia de la norma.
La propuesta legal, presentada este martes como proyecto económico urgente, también incluye reformas a la Ley de Prevención, Detección y Combate al Lavado de Activos.
Una de ellas se refiere a una medida cautelar excepcional para la inmovilización inmediata de fondos en el sistema financiero nacional y el sistema financiero popular y solidario, por parte de la la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), cuando tenga indicios de una operación sospechosa o vinculada a posibles delitos financieros.
La medida será proporcional al riesgo detectado, es decir, se limitará al monto equivalente de la transacción sospechosa o inusual.
El congelamiento de fondos deberá ser ejecutado por las entidades financieras en un plazo de 72 horas y tendrá una vigencia de ocho días calendario. En ese lapso, la Unidad Especializada para el Juzgamiento de Delitos de Corrupción y Crimen Organizado deberá pronunciarse sobre su ratificación, modificación o revocatoria.
Los montos que sean congelados por las entidades del sistema financiero, relacionados con posibles operaciones de lavado de activos, financiamiento del terrorismo o fraude, deberán ser transferidos a una cuenta única administrada por el Estado en un plazo máximo de cinco días.
Esa transferencia "tendrá carácter temporal, bajo condición de custodia y reserva", recalca el proyecto legal.
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